Cooperación internacional

Cooperación internacional en el MERCOSUR

La cooperación internacional en el MERCOSUR ha sido concebida, desde los inicios del bloque, como una herramienta que permite fortalecer las capacidades de cada uno de los Estados Partes y contribuye a la profundización del proceso de integración regional. Bajo esta premisa se han ejecutado múltiples proyectos de cooperación con el apoyo de distintos organismos internacionales y países cooperantes. Para el desarrollo de programas y proyectos de cooperación los Estados Partes identifican y actualizan distintas áreas temáticas consideradas como prioritarias, como son: salud, educación, medio ambiente, género, comercio intrarregional, integración productiva, entre otros.

En los últimos años, además de la cooperación extra regional, los Estados Partes consideraron la necesidad de avanzar en la generación de estrategias y políticas de desarrollo al interior del bloque, que permitan reducir las asimetrías entre los socios, e intercambiar de manera horizontal conocimientos y experiencias. En este contexto, los Estados Partes coincidieron en la importancia de desarrollar distintas acciones vinculadas a la Cooperación sur-sur, de forma tal de revalorizar este tipo de cooperación en el bloque regional.

Teniendo en cuenta la importancia que el MERCOSUR le asigna a la cooperación internacional, en el año 2014 los Estados Partes aprobaron la “Política de Cooperación Internacional del MERCOSUR”, por medio de la Decisión CMC N° 23/14. La nueva Política de Cooperación Internacional establece los principios, objetivos y modalidades que deben orientar la cooperación técnica en el MERCOSUR.

Los objetivos generales de la Política de Cooperación Internacional del MERCOSUR son:

  • Fortalecer las capacidades de cada uno de los miembros del bloque.
  • Profundizar la integración regional.
  • Reducir las asimetrías entre los países del bloque.
  • Intercambiar de manera horizontal conocimientos y experiencias, buenas prácticas, políticas públicas tanto al interior del bloque como con otras instancias de integración regional y extrarregional existentes.

En base a estos objetivos generales, la cooperación del MERCOSUR se rige por los siguientes principios generales:

  • Adecuación con las prioridades de cooperación del bloque.
  • Solidaridad, entendida como la consecución de los objetivos de desarrollo de todos los participantes.
  • Respeto a la soberanía y no injerencia en los asuntos internos de los países; ninguna iniciativa o proyecto de cooperación puede avanzar en modo alguno sobre las potestades soberanas de los Estados.
  • Horizontalidad: los países intervinientes establecerán sus vínculos de cooperación como socios en el desarrollo.
  • No condicionalidad: la cooperación estará libre de condicionamientos de políticas de cualquier índole.
  • Consenso: la cooperación en el MERCOSUR debe ser negociada, planificada y ejecutada de común acuerdo entre los socios cooperantes.
  • Equidad: la cooperación debe distribuir sus beneficios de forma equitativa entre todos los participantes. Este criterio también debe ser aplicado en la distribución de costos, que deben ser asumidos de forma proporcional a las posibilidades reales de cada socio.
  • Beneficio mutuo: la cooperación internacional del MERCOSUR debe buscar en todas sus instancias resultados favorables para las partes intervinientes.
  • Naturaleza complementaria de la cooperación con los objetivos y políticas del MERCOSUR.
  • Respeto de las particularidades culturales, históricas e institucionales de los socios en la identificación y la formulación de los programas y proyectos de cooperación.
  • Protagonismo de los actores locales en todas las etapas de los programas y proyectos de cooperación. Se debe promover la utilización de saberes, instituciones y consultores técnicos del bloque.
  • Optimización de la asignación de recursos para aumentar el alcance de los resultados de los proyectos de cooperación, estableciendo mecanismos que prioricen asociaciones con instituciones y especialistas regionales que permitan una mayor sustentabilidad.
  • Acceso a la información: la información de los proyectos tanto en términos de diseño, como de ejecución y valorización de impacto, debe estar disponible para todos los participantes del mismo.
  • Gestión centrada en el cumplimiento de los resultados objetivamente verificables establecidos por las partes para cada proyecto.

Descargas
Presentación sobre la «Política de Cooperación Internacional del MERCOSUR»
Estudio: La cooperación intra-MERCOSUR (2005 – 2015): Análisis de siete sectores
Estudio: La Cooperación Internacional para el Desarrollo y el MERCOSUR: Estado de situación, desafíos y oportunidades

La cooperación internacional del MERCOSUR se desarrolla a través de las siguientes modalidades:

  • Cooperación INTRA – MERCOSURSe implementa a través de la asociación entre dos o más Estados Partes, a fin de realizar proyectos y/o programas de cooperación que tengan como objetivo: a) contribuir a la consolidación del proceso de integración del bloque a través del fortalecimiento de los órganos del MERCOSUR; y/o b) fortalecer las capacidades técnicas e institucionales de los Estados Partes, buscando reducir asimetrías al interior del bloque.Todo proyecto y/o programa de cooperación inscripto bajo esta modalidad debe perseguir dichos objetivos evitando superposiciones con las iniciativas de cooperación bilateral existentes entre los Estados Partes.En 2023, mediante la Resolución GMC Nº 23/23, se aprobó el “Procedimiento para el desarrollo de la cooperación técnica para apoyar acciones de los órganos y foros dependientes de la estructura institucional del MERCOSUR” que tiene por objetivo contribuir al desarrollo de proyectos de cooperación intra-MERCOSUR, a través del apoyo de las instituciones de cooperación de los Estados Partes.
  • Cooperación EXTRA-MERCOSURSe desarrolla a través de la asociación y el aporte de terceros países; procesos de integración; Organismos Internacionales; o asociaciones regionales, con el fin de realizar programas y/o proyectos de cooperación internacional que tengan como objetivo: a) abordar cualquiera de los objetivos que motivan a la cooperación INTRA- MERCOSUR (cooperación dirigida al MERCOSUR); o b) apoyar el desarrollo de terceros países o procesos de integración (cooperación proveniente del MERCOSUR).Los proyectos que se desarrollan bajo la modalidad Extra-MERCOSUR deben estar amparados en Acuerdos Marco suscriptos entre las partes, a través del Grupo Mercado Común (GMC).

Estas modalidades de cooperación podrán ser ejecutadas a través de programas y/o proyectos de cooperación triangular.

Prioridades en materia de cooperación extra-MERCOSUR:

Conforme la Resolución GMC Nº 31/22, las áreas prioritarias a las que deben contribuir los proyectos de cooperación dirigidos al MERCOSUR son, sin perjuicio de otras que pudieran surgir:

  • Comercio
  • Transporte
  • Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible
  • Seguridad Alimentaria
  • Generación y fortalecimiento de capacidades e innovación
  • Salud
  • Estadística
  • Integración Fronteriza
  • Agenda Digital y desarrollo de TIC’s
  • Género
  • Asuntos culturales y producción audiovisual
  • Participación de las organizaciones sociales en el proceso de integración.

Grupo de Cooperación Internacional

El Grupo de Cooperación Internacional (GCI) es un órgano auxiliar del GMC, y está integrado por un Coordinador Titular y un Alterno designado por cada Estado Parte. Es el único órgano del bloque con competencia para entender en materia de cooperación internacional tanto intra como extra bloque. El GCI debe velar por el cumplimiento de las directrices de la Política de Cooperación Internacional, asegurando que los programas y proyectos de cooperación sean elaborados y ejecutados de conformidad con los principios y objetivos de esta Política.

El GCI tiene las siguientes atribuciones:

  • Articular posiciones comunes del bloque para presentar en los diversos foros en los que se debaten temas de cooperación internacional.
  • Relevar y proponer cada dos años las prioridades estratégicas del bloque en las que se centrarán las acciones de cooperación intra y extra – MERCOSUR.
  • Realizar la identificación, selección, negociación, aprobación técnica, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos de cooperación internacional.
  • Llevar adelante las negociaciones en materia de cooperación internacional de aquellos programas y proyectos originados tanto en los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR como de aquellas propuestas presentadas por terceros países, organismos internacionales o asociaciones regionales.

Asimismo, el GCI tiene las siguientes funciones:

  • Asesorar y coordinar en materia de cooperación internacional a los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.
  • Evaluar y negociar las propuestas de Acuerdos Marcos de Cooperación Internacional, y otros convenios en la materia, así como sus addenda y prórrogas.
  • Negociar y aprobar los términos de referencia de los proyectos.
  • Aprobar la designación del Estado Parte coordinador de los proyectos de cooperación del MERCOSUR, de la Entidad Gestora y de los Directores de dichos proyectos, así como de otros funcionarios que se requieran.
  • Aprobar la delegación de funciones a las Entidades Gestoras de los proyectos.
  • Considerar y aprobar los Programas Operativos Globales y Anuales de los Proyectos de Cooperación.
  • Mantener contacto permanente con los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR y con los organismos cooperantes e invitarlos, cuando se considere oportuno, a participar de sus reuniones a efectos de informar sobre la situación de los proyectos de cooperación.
  • Presentar al GMC evaluaciones, cada dos años, sobre el estado de situación de los proyectos de cooperación internacional del MERCOSUR y realizar un constante seguimiento de las estrategias, prácticas y procedimientos adoptados en la implementación de la cooperación, evaluando la eficiencia y eficacia de sus mecanismos y el impacto de sus resultados en la promoción de los objetivos de la Política de Cooperación.
  • Proponer y actualizar la metodología para la evaluación de los proyectos de cooperación.
  • Participar de los comités de seguimiento o evaluación de los proyectos de cooperación.
  • Identificar y evaluar fuentes de financiamiento para proyectos de cooperación del MERCOSUR.
  • Elaborar y mantener actualizado un catálogo del MERCOSUR de sus capacidades de cooperación sur-sur.

Unidad Técnica de Cooperación Internacional

La Unidad Técnica de Cooperación Internacional (UTCI) está subordinada al GCI, funciona en el ámbito de la Secretaría del MERCOSUR (SM).

La UTCI tiene las siguientes funciones:

  • Asistir al Grupo de Cooperación Internacional (GCI) en las actividades de seguimiento de los proyectos de cooperación técnica y en otras que el GCI considere pertinentes.
  • Asesorar, a solicitud del GCI, a los foros del MERCOSUR y/o a las entidades de gestión para la planificación, ejecución, monitoreo y evaluación de las acciones de cooperación técnica.
  • Mantener sistematizada y actualizada la información en materia de cooperación internacional en el MERCOSUR, que incluya, entre otros elementos a ser definidos por el GCI, base de datos sobre los proyectos del bloque, normas, manuales de procedimientos e información sobre las acciones de cooperación de los Estados Partes, de países, grupos de países y organizaciones socias del MERCOSUR en materia de cooperación.
  • Prestar apoyo al GCI en la aplicación de las directrices de la política de cooperación.

Decisión CMC N° 16/18 «Procedimiento para la suscripción de acuerdos en materia de cooperación internacional en el MERCOSUR«.

Documento: Acuerdo Marco Interregional de Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur y sus Estados Partes, por otra


Documento: Protocolo de intenciones entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)

Norma: Decisión Nº 22/97


Documento: Memorando de Entendimiento entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) en materia de cooperación técnica internacional

Norma: Resolución N° 60/14


Documento: Memorando de Entendimiento de Cooperación entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS)

Norma: Resolución N° 18/15


Documento: Memorando de Entendimiento entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)
Norma: Resolución N° 59/18


Documento: Memorando de Entendimiento en materia de cooperación internacional entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) para la promoción de la seguridad alimentaria y nutricional, el derecho al desarrollo y el combate a la pobreza

Norma: Decisión N° 13/17


Documento: Acuerdo Marco de Cooperación entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA)

Normas: Resolución N° 25/24 , Resolución N° 17/21


Documento: Memorándum de Entendimiento de Cooperación Internacional entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Corporación Andina de Fomento (CAF)

Norma: Decisión N° 11/22


Documento: Memorando de Entendimiento entre el MERCOSUR y la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa

Norma: Decisión CMC Nº 14/23


Documento: Memorando de Entendimiento entre el MERCOSUR y la Organización Iberoamericana para la Educación, la Ciencia y la Cultura

Norma: Decisión CMC Nº 15/23


Documento: Memorando de Entendimiento entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA)

Norma: Resolución N° 26/24

Proyectos

ÁREA PRIORITARIA: Integración Fronteriza

TÍTULO: Acuerdo de Localidades Fronterizas Vinculadas: Relevamiento y Armonización Legislativa

INSTITUCIÓN DEL MERCOSUR RESPONSABLE: SGT N° 18

PERÍODO EJECUCIÓN: 2024-2025

OBJETIVO GENERAL:
Analizar la legislación actual de los Estados Partes en materia migratoria, laboral, de aduanas, de previsión social, de acceso a la salud y a la educación y confrontar dicha información con el Acuerdo de Localidades Fronterizas Vinculadas.
Generar las recomendaciones de modificaciones necesarias y/o creación de legislación nueva para una rápida y efectiva implementación del Acuerdo mencionado.

SOCIO COOPERANTE: EUROFRONT-IILA

SITUACIÓN: En ejecución

¿Quiénes pueden presentar perfiles técnicos de proyectos?

En el proceso de presentación y aprobación de iniciativas de cooperación internacional en el MERCOSUR intervienen el Grupo Mercado Común y el Grupo Cooperación Internacional.

Toda solicitud de cooperación que tenga por fin acceder a conocimientos, recursos humanos y/o financieros tendientes a promover capacidad técnica, administrativa y tecnológica a los Estados Partes, con el propósito de contribuir a los objetivos de la cooperación internacional del MERCOSUR, debe ser presentada ante el GCI junto al Formulario Perfil Técnico de proyecto.

Bajo la modalidad de Cooperación intra – MERCOSUR podrán presentar perfiles técnicos de proyectos al GCI:

  • Estados Partes.
  • Órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.

Bajo la modalidad de Cooperación extra – MERCOSUR pueden presentar perfiles técnicos de proyectos al GCI:

  • Estados Partes.
  • Órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.
  • Terceros países.
  • Grupos de países.
  • Bloques regionales y procesos de integración.
  • Organismos internacionales.
  • Actores no gubernamentales y fondos temáticos multilaterales/globales.

El GCI realizará una evaluación preliminar del perfil técnico de proyecto, y trabajará conjuntamente con la instancia que originó la propuesta para la elaboración definitiva del documento de proyecto. El mismo deberá ser elevado a consideración del GMC para su aprobación final.

¿Cómo se elabora un perfil técnico de proyecto?

Toda solicitud de cooperación debe ser presentada ante el Grupo de Cooperación Internacional mediante el Formulario Perfil Técnico de proyecto.

En el Formulario se deberán identificar los datos generales del proyecto (nombre, objetivo general, fecha, ubicación), el marco institucional (grupo de trabajo beneficiario, Unidad de Gestión, duración, monto estimado, puntos focales), y una síntesis de la propuesta.

Las preguntas propuestas en cada uno de los puntos del Formulario tienen por objetivo: 1) orientar un análisis lógico que fundamentará la elaboración de un futuro proyecto de cooperación internacional, y 2) guiar a los foros y órganos del MERCOSUR en la definición y sistematización de sus expectativas en torno a las necesidades y compromisos que puedan llegar a asumirse en la cooperación.

La Decisión CMC N° 23/14 aprobó un Instructivo a fin de orientar a los órganos y foros del MERCOSUR en la tarea de completar el “Formulario Perfil Técnico de Proyecto”.

Evaluación de proyectos

Con la finalidad de dar seguimiento a los proyectos de cooperación internacional y de evaluar la eficiencia y eficacia de sus mecanismos, así como el impacto de sus resultados en la promoción de los objetivos de la Política de Cooperación, el GCI deberá realizar una evaluación anual de los proyectos de cooperación tanto de los que se encuentran en ejecución como los ya concluidos. Para ello la Decisión CMC N° 23/14 aprobó dos formularios (proyectos en ejecución y proyectos concluidos) que permiten orientar la tarea de evaluación de los proyectos de cooperación internacional por parte del GCI.

Dichas evaluaciones deberán ser remitidas al GMC a fin de que este órgano analice los avances y problemas de la cooperación internacional.