Cooperación internacional

Aspectos institucionales

Grupo de Cooperación Internacional

El Grupo de Cooperación Internacional (GCI) es un órgano auxiliar del GMC, y está integrado por un Coordinador Titular y un Alterno designado por cada Estado Parte. Es el único órgano del bloque con competencia para entender en materia de cooperación internacional tanto intra como extra bloque. El GCI debe velar por el cumplimiento de las directrices de la Política de Cooperación Internacional, asegurando que los programas y proyectos de cooperación sean elaborados y ejecutados de conformidad con los principios y objetivos de esta Política.

El GCI tiene las siguientes atribuciones:

  • Articular posiciones comunes del bloque para presentar en los diversos foros en los que se debaten temas de cooperación internacional.
  • Relevar y proponer cada dos años las prioridades estratégicas del bloque en las que se centrarán las acciones de cooperación intra y extra – MERCOSUR.
  • Realizar la identificación, selección, negociación, aprobación técnica, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos de cooperación internacional.
  • Llevar adelante las negociaciones en materia de cooperación internacional de aquellos programas y proyectos originados tanto en los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR como de aquellas propuestas presentadas por terceros países, organismos internacionales o asociaciones regionales.

Asimismo, el GCI tiene las siguientes funciones:

  • Asesorar y coordinar en materia de cooperación internacional a los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.
  • Evaluar y negociar las propuestas de Acuerdos Marcos de Cooperación Internacional, y otros convenios en la materia, así como sus addenda y prórrogas.
  • Negociar y aprobar los términos de referencia de los proyectos.
  • Aprobar la designación del Estado Parte coordinador de los proyectos de cooperación del MERCOSUR, de la Entidad Gestora y de los Directores de dichos proyectos, así como de otros funcionarios que se requieran.
  • Aprobar la delegación de funciones a las Entidades Gestoras de los proyectos.
  • Considerar y aprobar los Programas Operativos Globales y Anuales de los Proyectos de Cooperación.
  • Mantener contacto permanente con los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR y con los organismos cooperantes e invitarlos, cuando se considere oportuno, a participar de sus reuniones a efectos de informar sobre la situación de los proyectos de cooperación.
  • Presentar al GMC evaluaciones, cada dos años, sobre el estado de situación de los proyectos de cooperación internacional del MERCOSUR y realizar un constante seguimiento de las estrategias, prácticas y procedimientos adoptados en la implementación de la cooperación, evaluando la eficiencia y eficacia de sus mecanismos y el impacto de sus resultados en la promoción de los objetivos de la Política de Cooperación.
  • Proponer y actualizar la metodología para la evaluación de los proyectos de cooperación.
  • Participar de los comités de seguimiento o evaluación de los proyectos de cooperación.
  • Identificar y evaluar fuentes de financiamiento para proyectos de cooperación del MERCOSUR.
  • Elaborar y mantener actualizado un catálogo del MERCOSUR de sus capacidades de cooperación sur-sur.

Unidad Técnica de Cooperación Internacional

La Unidad Técnica de Cooperación Internacional (UTCI) está subordinada al GCI, funciona en el ámbito de la Secretaría del MERCOSUR (SM).

La UTCI tiene las siguientes funciones:

  • Asistir al Grupo de Cooperación Internacional (GCI) en las actividades de seguimiento de los proyectos de cooperación técnica y en otras que el GCI considere pertinentes.
  • Asesorar, a solicitud del GCI, a los foros del MERCOSUR y/o a las entidades de gestión para la planificación, ejecución, monitoreo y evaluación de las acciones de cooperación técnica.
  • Mantener sistematizada y actualizada la información en materia de cooperación internacional en el MERCOSUR, que incluya, entre otros elementos a ser definidos por el GCI, base de datos sobre los proyectos del bloque, normas, manuales de procedimientos e información sobre las acciones de cooperación de los Estados Partes, de países, grupos de países y organizaciones socias del MERCOSUR en materia de cooperación.
  • Prestar apoyo al GCI en la aplicación de las directrices de la política de cooperación.